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Convocatoria de subvenciones para excedencia y reducción de jornada | Junta de Castilla y León


Se ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) una línea de ayudas centrada en las excedencias y en la reducción de la jornada laboral, con el objetivo principal de contribuir a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los ciudadanos de Castilla y León. Dichas ayudas podrán solicitarse desde el lunes, 11 de mayo, hasta el 31 de agosto.
 
La Junta de Castilla y León refuerza sus políticas centradas en la conciliación y la corresponsabilidad debido a las distintas circunstancias originadas por el coronavirus y, por este motivo, convoca dichas ayudas para apoyar a las familias que deben cuidar a menores de 12 años, personas dependientes o que padezcan algún tipo de enfermedad. 
 
La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades atiende además las circunstancias específicas de las familias monoparentales y de las familias numerosas incrementando también la cuantía de la subvención en 1.000 euros más. De esta manera, las familias monoparentales percibirán como máximo 2.500 euros y las familias numerosas, 4.000 euros.
 
La situación originada en muchos hogares por la COVID-19 es uno de los aspectos que tiene en cuenta la Junta de Castilla y León a la hora de aprobar esta línea de ayudas. De hecho, se contemplan todos los supuestos que abarquen desde el 16 de marzo de 2020 hasta el inicio del curso escolar y, con el fin de favorecer la corresponsabilidad y la conciliación, se admiten solicitudes de reducción de jornada de al menos un 40 % (en lugar del 50 %), se permite una reducción de jornada de un mes (para el resto es de seis meses) y si existe un ERTE, se interrumpen los plazos. Asimismo, se admiten solicitudes de excedencias por un mes (tres meses para el resto) y la cuantía a percibir será de 250 euros al mes más 150 euros para familias monoparentales y familias numerosas.
 

EXCEDENCIA

Dirigido a familias cuyos ingresos no superen los 35.000 €
 
Finalidad: Para el cuidado del hijo menor de tres años o familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad.
 
Requisitos:
 
Para el cuidado hijos menores de tres años, siempre y cuando se realice consecutivamente, durante un periodo ininterrumpido de tres meses, por ambos padres, y por idéntico período cada uno (mes y medio de ejercicio del derecho cada uno).Para atender al cuidado de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, durante un periodo ininterrumpido de seis meses. El importe de la subvención será de 1.500 € y se incrementará en 1.000 € para familias numerosas y monoparentales.
 
Para atender al cuidado del hijo menor de tres años o al cuidado de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, durante un periodo mínimo de un mes, ejercitado como consecuencia de la crisis de la COVID-19. La cuantía será de 250 € al mes, que se incrementará en 150€ más para las familias numerosas o monoparentales.
 
 
 

REDUCCIÓN DE JORNADA

Dirigido a familias cuyos ingresos no superen los 35.000 €
 
Finalidad: Para el cuidado de menores de 12 años, de personas con discapacidad que no desempeñen una actividad retribuida, o de familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
 
Requisitos:
 
Reducción de jornada durante al menos 6 meses en un 50% la jornada. El importe de la subvención será de 1.500 € que se incrementará con otros 1.000 € para las familias numerosas o monoparentales.
 
Reducción de jornada durante la COVID-19 se financiará la reducción de al menos un mes de duración en un mínimo del 40% de la jornada. En este caso la cuantía será de 250 € al mes, que se incrementará en 150€ más para las familias numerosas o monoparentales.
 
 
 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 11 de mayo al 31 de agosto.
 
 

LUGAR DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma telemática mientras esté vigente el estado de alarma.
 
Los ciudadanos también podrán presentar presencialmente las solicitudes, desde el 11 de mayo, y durante el estado de alarma, estarán disponibles para ello:
  • Las oficinas de las nueve sedes principales de las Delegaciones Territoriales en las capitales de provincia de lunes a viernes de 8.30 h. a 14.30 h., de lunes a jueves de 16.30 h. a 18.30 h. y sábados de 9.00 h. a 14.00 h. Los meses de julio y agosto de lunes a viernes de 8.30 h. a 14.30 h.
  •  
  • Las oficinas de la Consejería de Familia, Gerencia de Servicios Sociales y las oficinas de las nueve Gerencias Territoriales de lunes a viernes de 9.00 h a 14.00 h.
AgustinasVA-2020_Consejeria-Familia_Subvencion-Excedencia-Reduccion


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